La perspectiva cómplice de la ley ante la violencia en el fútbol.
El pasado clásico, partido jugado entre Universidad de Chile y Colo-Colo en el estadio Monumental el 19 de octubre del 2014, dejó en evidencia que cuando el hincha no es victimario, sino que víctima de los actos de violencia acontecidos en circunstancias de un espectáculo de fútbol, estos actos normalmente quedan impunes a la vista de la prensa sensacionalista y del ordenamiento judicial. La Ley de Violencia en los Estadios (Ley 19.327 de 1994) y el Plan Estadio Seguro (2012) son instrumentos creados para combatir la violencia en los espectáculos de fútbol, pero cabe preguntarse, ¿se hacen cargo de todo tipo de violencia, venga de donde venga, en su pluralidad?
Por supuesto que existe la violencia por parte de una parcialidad de hinchas contra otros hinchas, de otro equipo, y entonces tanto la opinión pública como las autoridades estatales, políticas y judiciales, se encargan de pedir y ejecutar castigos ejemplares contra los responsables. Atendiendo a los objetivos de la Ley de Violencia en los Estadios y el Plan Estadio Seguro, es lógico que así sea. Pero ¿qué ocurre cuando los responsables de la violencia son las concesionarias que administran el balompié nacional, la policía o las autoridades políticas del país?
El clásico al que hemos referido testimonió deficiencias terribles en el control de las entradas y las condiciones de seguridad, tanto dentro como fuera del estadio, que ocasionaron personas lesionadas en los accesos y muchas otras que quedaron fuera del espectáculo, a pesar de haber pagado por su ingreso. Estas faltas evidentemente fueron responsabilidad de la concesionaria Blanco & Negro S.A., tal como lo señalara a la prensa el Intendente Metropolitano, Claudio Orrego.
Pero ¿cuáles son las sanciones que corresponde aplicar a la concesionaria? El Intendente también lo dijo: ninguna. La ley actual no permite sancionar, por vías administrativas, a los organizadores de los partidos. Pero olvidó Claudio Orrego que sí existe una sanción, de tipo penal, contra los representantes de la concesionaria cuando su actuar negligente contribuye o facilita la comisión de delitos (artículo 6F de la Ley de Violencia en los Estadios). ¿Acaso no ocurrió eso el 19 de octubre? ¿Por qué el Intendente Orrego omitió perseguir penalmente a los representantes de B&N, querellándose en su contra, pese a que la ley considera esta posibilidad?
Ahora, preguntémonos, ¿qué delitos ocurrieron a causa del actuar negligente de la concesionaria? La prensa informó 92 detenidos, 12 de ellos formalizados por la Ley de Violencia en los Estadios. Ellos son, indudablemente, hinchas que agredieron a otros hinchas, situación cotidiana injustificable, por donde se vea. Pero ¿qué ocurre con la violencia desproporcionada e infundada de los efectivos policiales? Porque nadie que haya ido a un estadio podría negar que las agresiones de parte de Carabineros son cotidianas. ¿Por qué su actuar violento no está contemplado por las autoridades y el Plan Estadio Seguro?
Claro que la ley es aplicable a todos, y si un efectivo policial provoca lesiones o efectúa vejaciones o apremios ilegítimos en contra de otras personas, como los hinchas -porque también los hinchas somos personas-, puede ser sancionado penalmente. Ahora, ¿cuándo hemos escuchado de algún policía sancionado por la Ley de Violencia en los Estadios? Al contrario, todo apunta a que la Ley les otorgará mayores facultades de las que ya tienen, mayores facultades también para actuar impunemente. El problema ya no es jurídico, se trata de voluntad política, tanto de las autoridades responsables del resguardo y seguridad de las personas -el Intendente y todo el Plan Estadio Seguro, por ejemplo-, pero también falta voluntad de nosotros, los hinchas, que no denunciamos estas agresiones ilegítimas (aunque, es necesario recalcar, resulta difícil denunciar a un policía cuando ninguno de ellos porta identificación a la vista en los estadios, pese a que están obligados a ello por el artículo 19 del Reglamento para la Placa de Servicio, N° 27 de Carabineros).
Vale recordar, en todo caso, que actualmente existe un amplísimo proyecto de reforma a la Ley de Violencia en los Estadios, de iniciativa del gobierno de Bachelet, del que, entre otras cosas, cabe destacar dos incorporaciones no consideradas anteriormente: derechos de los espectadores y sanciones administrativas a los organizadores.
En lo que respecta a los derechos de los espectadores, aparece una serie prerrogativas vacías que, de una u otra forma, siempre han tenido los asistentes al estadio: a participar del espectáculo deportivo; a conocer las condiciones de ingreso y permanencia; a asistir y permanecer en el recinto; a que los espectáculos cumplan con condiciones básicas de higiene, seguridad y salubridad; a contar con información oportuna. Nada se dice, por ejemplo, de la dignidad de las personas en el trato del organizador o la policía. La ley general supletoria, las normas del derecho al consumidor, y hasta las condiciones del contrato entre el organizador y el espectador han otorgado, desde hace mucho, estos derechos a los asistentes. Nada nuevo. Y lo que podría haber sido novedad, como el incorporar medidas o procedimientos especiales para indemnizar a los afectados o fórmulas sancionatorias para quienes vulneren estos derechos, no existe en el proyecto, dejando a esta iniciativa como una linda declaración de intenciones.
Ahora, la determinación de establecer derechos para los espectadores o asistentes, y no para los hinchas, implica negar o silenciar la existencia de estos últimos, en tanto sujetos peculiares, parte y protagonistas de la fiesta del fútbol, de la cultura futbolera nacional y global. Nada se dice del hincha que se organiza, que llena de colorido el estadio (aunque existen estadios que nunca muestran colorido), que alienta y canta, que hace a este deporte tan particular, un carnaval de pasiones. La ley y las autoridades solo recuerdan al hincha cuando es necesario perseguirlo, hacerlo responsable, para marginarlo y criminalizarlo. En cambio, es preferible enaltecer al espectador, a quien asiste al estadio como quien asiste al cine, al teatro, a un concierto o a algún partido de tenis.
En la otra mano del proyecto de reforma tenemos las infracciones de los organizadores que podrán ser sancionadas administrativamente. Esto ha sido siempre una necesidad, una carencia en la Ley de la que muy tarde se han dado cuenta las autoridades políticas. En todo caso, el novísimo propósito sancionador de las autoridades sigue descuidando al hincha o, si se quiere llamarlo de otra forma, al espectador. ¿Por qué no se sancionan derechamente las vulneraciones a los derechos del asistente, contemplados en la misma reforma? ¿Por qué, por ejemplo, las cauciones contempladas en el artículo 2A, letra b, seguirán garantizando solo daños a los bienes y no a las personas? Aparentemente, el intento de contemplar sanciones efectivas a los organizadores no está enfocado a proteger al espectador, ni a la familia de la que tanto se habla, y más bien pareciera estar pensado como una mera revancha de la autoridad administrativa, representada por el Intendente y el Plan Estadio Seguro, a quienes las concesionarias han burlado permanentemente.
En definitiva, la Ley actual resulta cómplice de la violencia estructural que ejercen los siempre indemnes, el poder económico, político y policial. Pese a las reformas, que algo ayudan a acabar con la impunidad de las concesionarias, el futuro panorama parece no cambiar mucho para los hinchas. El culpable y criminal de la violencia en los estadios seguirá siendo, a la vista de la opinión pública y la autoridad, solo el hincha, mientras que los secuaces del fútbol mercado continuarán sobándose las manos con las jugosas ganancias que la fanaticada futbolera, bajo el permanente riesgo de ser víctima de una violencia de la que no puede reclamar, produce domingo tras domingo.
Escrito por Juan Carlos Gimeno
Miembro de la Comisión Jurídica
Asamblea de Hinchas Azules